[spa] El trabajo consiste, por un lado, tras el análisis jurisprudencial, en analizar el concepto de interés general tomando como referencia su importancia en la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas y su función limitadora de derechos fundamentales. En concreto los derechos regulados en los artículos: 16, 18, 21 y 25 de la Constitución