[spa] En España la normativa vigente en materia de viajes combinados es la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (RD Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), si bien su contenido se complementa por la Directiva de la Unión Europea nº 2015/2302 y el Real Decreto-Ley 11/2020. Regulan conjuntamente el régimen de responsabilidad contra el organizador y la agencia minorista para demandar el una indemnización, reembolso y asistencia. Además, el Reglamento europeo 1177/2010 y la Comunicación de la Unión Europea sobre el Covid-19 aclararán los derechos que ostentan los pasajeros en mar y vías navegables.
Se estudia en profundidad el derecho de asistencia, reembolso y resarcimiento. Se analizan los criterios para identificar al responsable de la ejecución defectuosa del contrato y cómo se determina la cantidad indemnizatoria, señalando cuándo ésta puede tener lugar.