[spa] El valor de referencia, que entró en vigor en enero de 2022, supuso el
cambio de la base imponible de diversos impuestos, como el ISD, entre
otros y se determina anualmente por la Dirección General del Catastro en
base a las características catastrales del inmueble.
Se puede impugnar por vía administrativa, mediante subsanación o
rectificación; por vía contencioso-administrativa mediante un recurso de
reposición; o por la vía económico-administrativa, que supone un
reclamación ante los tribunales.