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[spa] El presente estudio versa sobre el sistema de elección de Vocales del Consejo General del Poder Judicial, desde un análisis jurídico y doctrinal de las diferentes regulaciones que han existido desde el nacimiento de la Constitución de 1978.
De forma cronológica trataremos de dar respuesta al tema central de nuestro proyecto, y es llegar a la conclusión de si se sitúa el Poder Político tras la elección de los Vocales del CGPJ, todo ello desde la más pura objetividad, utilizando como herramientas la legislación de la que disponemos, las diferentes opiniones doctrinales que han ido surgiendo a lo largo de los años y la perspectiva de los organismos internacionales sobre el sistema judicial español.
Hablaremos del CGPJ en su conjunto con un vistazo rápido para asentar conocimiento sobre el órgano desde un punto de vista funcional y competencial, así como establecer su definición y su origen constitucional.
Continuaremos desarrollando desde la previsión constitucional del artículo 122 de la Constitución, pasando por la primera Ley Orgánica 1/1980, de 10 de enero, del Consejo General del Poder Judicial, donde se establece el primer sistema de elección de Vocales en su totalidad, desde la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la cual modificará la elección de Vocales de una forma sustancial, hasta las diferentes reformas que se han introducido a lo largo de los años, prestando especial interés a la Ley Orgánica 2/2001, de 28 de junio y a la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, las cuales irán introduciendo particularidades en el sistema de elección de Vocales, tratando de conciliar las discrepancias existentes en la sociedad española.
Procuraremos, mostrar las diferentes posturas doctrinales que surgen con cada norma que modifique el sistema de elección de Vocales, y trataremos para finalizar, de plasmar la visión de Europa y la ONU sobre la actualidad de la judicatura española, todo lo mencionado bajo el amparo de documentación oficial, que nos permita asentar un amplio conocimiento sobre el tema expuesto, y con el objetivo de poder contestar a la cuestión fundamental del tema planteado, que es la de saber, como dijimos anteriormente, si realmente el Poder Político se sitúa detrás del Poder Judicial a través de la elección de los miembros de su gobierno. |
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