[spa] El delito de trato degradante (artículo 173.1 del Código Penal) es el tipo básico de los delitos contra la integridad moral. El bien jurídico protegido es la integridad moral que es consecuencia directa de la dignidad. Para su aplicación se requiere un menoscabo grave del bien jurídico, ya sea en una sola conducta reiterada o en varias conductas. Al gozar de un valor autónomo es susceptible de protección penal separadamente de otros delitos.