Doctrina del Consejo Consultivo de las Illes Balears, a la luz de la jurisprudencia constitucional, en relación al anteproyecto de ley de consultas populares y procesos participativos

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dc.contributor.author Ballester, Maria
dc.date.accessioned 2021-02-09T06:58:14Z
dc.date.available 2021-02-09T06:58:14Z
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/11201/155027
dc.description.abstract [spa] El alto asesoramiento jurídico en relación a la función prelegislativa del gobierno encauza un control previo de constitucionalidad y de estatutoriedad de la norma proyectada. Además, contribuye a la mejora de la disposición in fieri, en tanto que ofrece un conjunto de reflexiones y argumentaciones para que el gobierno y el parlamento puedan afrontar su labor con mayores garantías de acierto. En relación a la función consultiva sobre el Anteproyecto de ley de consultas populares, el Consejo Consultivo de las Illes Balears toma como referencia la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. La doctrina del alto tribunal sobre el régimen de competencias en materia de referéndums o consultas referendarias señala (a partir de una interpretación estricta de la exclusiva potestad del Estado sobre la 'autorización' -art. 149.1.32ª CE- y la doble reserva de ley orgánica, que deriva de los artículos 81 y 92.3 de la Constitución), que 'corresponde en exclusiva al Estado la entera disciplina de la institución', aunque llega a admitir que el legislador autonómico pueda proceder al complemento normativo de los preceptos estatales que disciplinen unas y otras figuras. Además, el alto tribunal no acepta 'la desfiguración por normas autonómicas de las reglas que disciplinan las consultas referendarias' para eludir el reparto competencial que establece la Constitución. El Consejo Consultivo de las Illes Balears, en el dictamen 36/2018 deja constancia de la limitativa interpretación sobre el orden de competencias en materia de consultas referendarias y constata que el legislador autonómico, a la hora de regular las consultas no referendarias y otros procesos participativos, no puede desvirtuar los límites, positivos y negativos, fijados por la jurisprudencia constitucional
dc.format application/pdf
dc.relation.isformatof https://www.cjccv.es/Revista_Espanola
dc.relation.ispartof Revista Española de la Función Consultiva, 2019, num. 30-31, p. 53-71
dc.rights , 2019
dc.subject.classification 34 - Dret
dc.subject.other 34 - Law. Jurisprudence
dc.title Doctrina del Consejo Consultivo de las Illes Balears, a la luz de la jurisprudencia constitucional, en relación al anteproyecto de ley de consultas populares y procesos participativos
dc.type info:eu-repo/semantics/article
dc.date.updated 2021-02-09T06:58:14Z
dc.subject.keywords Jurisprudencia constitucional
dc.subject.keywords Referéndum
dc.subject.keywords Democracia participativa
dc.subject.keywords Función consultiva
dc.subject.keywords Estado autonómico y función consultiva
dc.rights.accessRights info:eu-repo/semantics/openAccess


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