[spa] El presente trabajo se centra en la prisión provisional, medida cautelar del proceso penal.
Es una medida cautelar de carácter personal (más adelante veremos que existen dos tipos de medidas cautelares, las reales y las personales) y de duración temporal que ha sido objeto de estudio y reforma a lo largo de los años debido a su gran trascendencia. Se trata de una medida que al adoptarla restringe uno de los derechos fundamentales más importantes de las personas, el derecho a la libertad. La persona investigada ingresa en prisión durante la tramitación del proceso hasta que se celebra el juicio.
La prisión provisional ha sido considerada por la mayoría de la doctrina de difícil justificación al restringir la libertad del ciudadano antes de existir una sentencia condenatoria.
Se trata de una medida de carácter excepcional, de modo que solo podrá decretarse cuando sea absolutamente necesaria, provisional, subsidiaria y proporcional a los fines perseguidos. Al mismo tiempo, deben concurrir determinados presupuestos que justifiquen su adopción y mantenimiento. Tiene que decretarse mediante una resolución judicial motivada. No se podrá adoptar la medida cautelar de prisión provisional si existen otras medidas cautelares menos perjudiciales para el imputado que puedan ser de igual utilidad, ni tampoco adoptar dicha medida como medio de castigo si no como medio para conseguir el correcto y normal desarrollo del procedimiento judicial.