[spa] Los planes de reestructuración (en el proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursa!), en casos de insolvencia actual o inminente o probabilidad de insolvencia, una vez homologados, serán aplicables a todas las categorías de acreedores ("arrastre vertical"). La homologación se configura, de acuerdo con la Directiva 2019/1023, bajo el principio de intervención judicial mínima y de control de requisitos exclusivamente a partir de la documentación presentada y sin que sea necesario, en todo caso, el informe de un experto en la reestructuración. Si el plan incluye operaciones societarias, en el auto de homologación el juez deja constancia del control de legalidad de las mismas. El proyecto reconoce el derecho de voto de los socios cuando el plan de reestructuración afecte a sus derechos, si bien, en caso de insolvencia actual o de insolvencia inminente, el plan se puede homologar también en contra de su voluntad.